En
las circunstancias actuales, es posible la renuncia del titular del ejecutivo
federal en términos del artículo 86 de la Constitución General de la República,
quien deberá presentarla ante el Congreso de la Unión, mismo que calificará la
misma y esta deberá ser por causa agrave.
Los
hechos criminales de Tlatlaya, estado de México, cometidos por miembros del batallón
101, son responsabilidad del Comandante Supremo de las fuerzas armadas, es
decir, del presidente Enrique Peña Nieto, si a esto se le suman los hechos
delictivos que azotan todo el territorio nacional sobre la población civil en donde están implicados
tanto el crimen organizado como elementos de la policía, del ejército y demás
dependencias del gobierno en sus tres niveles no es descabellado que el pueblo
pida y hasta exija la renuncia del titular del órgano ejecutivo federal.
Es
una simulación manifestar en la Carta Magna que el único soberano lo es, el
pueblo (Articulo 39) y que todo poder (órgano o institución) se instituye en
beneficio del pueblo y que tiene en todo momento la potestad soberana de alterar
la forma de su gobierno; mientras que, en la realidad se le escamotea esa soberanía
y se le pongan todas as trabas para que haga uso de su poder soberano como
ejercicio efectivo en la limitación del poder excesivo, en su omisión, el poner
en práctica fines contrarios al bien común del pueblo, en beneficiar a un
sector de la sociedad, a extranjeros o no combatir la corrupción, aun alentarla
y ponerla en practica tal y como acontece en el presente caso.
Ahora
bien, no es suficiente que el titular del ejecutivo federal renuncie en términos
constitucionales; al Estado mexicano (Territorio, población y gobierno) le es
necesaria una reforma profunda y radical, principalmente respecto al gobierno
en sus tres niveles (Federal, estatal
y municipal), en donde la corrupción y
la impunidad se han incubado y de allí infestado a la población para la explotación
del territorio con todo lo que tiene sobre y bajo el. En efecto, de poca cosa serviría
la sola renuncia del presidente de la República si no se combate a fondo la corrupción
mediante leyes efectivas y se le pone coto a los excesos a gobernantes y políticos
que se han conjuntado con las grandes trasnacionales para la rapiña de lo público.
Es
fundamental que el pueblo tenga, de manera real y efectiva el uso de su poder
soberano para corregir los excesos de gobernantes
y políticos, a efecto de evitar la intervención del pueblo de manera violenta,
no solo porque poco se logra con medidas armadas ya que llegan los peores tal y
como aconteció después de la revolución mexicana, los líderes revolucionarios
formaron al tercer intento, el Partido Revolucionario Institucional y se padeció
el Priato durante más de setenta años, sistema totalitario y represor.
Se
debe definir claramente que los órganos
Legislativo, Ejecutivo y Judicial no son soberanos sino que el pueblo soberano
solo les da atribuciones, facultades o funciones para las tres principales áreas
de trabajo: Creación de leyes, Administración pública y Administración de
justicia, así como las demás necesarias para el funcionamiento del Estado.
Todo
esto no solo es posible sino necesario sin importar lo que piensen los
gobernantes, políticos, integrantes de los partidos y las grandes
trasnacionales. Toda nación soberana
tiene los fundamentos soberanos, legales, legítimos y la fuerza para someter al
gobierno al imperio de la ley. El poder soberano no puede detenerse ante ningún
obstáculo que se le interponga, en caso contrario no es poder soberano sino
simple poder ordinario.
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