miércoles, 25 de septiembre de 2013

CONFEDERACIÓN DE ESTADOS


El pacto federal que da nacimiento al Estado mexicano necesariamente atribuye la soberanía a la federación y su ejercicio a los órganos Legislativo, ejecutivo y Judicial. Los estados firmantes del pacto federal no tenían soberanía ni la reciben con el pacto federal. No comprender la creación y naturaleza de la persona moral, de la ficción en que las naciones van a desarrollar su vida política, otorgándole los órganos e instituciones necesarias para la vida pública y privada. El constituyente crea la norma de normas y le da al Estado los órganos que ejercerán la soberanía; cuando no se crean allí mismo, las instituciones, estas se van creando para el mejor funcionamiento. La conformación buena o defectuosa de un Estado, en buena medida, dará como resultado un buen funcionamiento o un mal funcionamiento del mismo.

Ahora bien, afirmar que la soberanía para su ejercicio puede distribuirse en tantas partes como partes tenga el pacto federal y, a voluntad irracional cercenar a los ciudadano del Distrito Federal de los derechos políticos que el resto goza, es, crear un Estado contrahecho que no funcionara democráticamente. Esto se debe desenredar a efecto de que el Estado sea reformado en las partes que están mal conformadas y hacer que la teoría concuerde con la realidad hasta en donde sea posible. Mientras más concuerde una buena teoría y la realidad sujeta a la teoría se estará en camino de solucionar de manera fundamental la vida política de los mexicanos.

Con respecto a la soberanía este poder solo puede ser ejercido por la federación en el caso del Estado mexicano y no por las partes firmantes del pacto federal. Si los estados integrantes de la Federación pudieran hacer uso de su supuesta soberanía sería un caos que daría al traste al pacto. México no es una Confederación de Estados soberanos sino una Federación. Esto queda claro con el estudio que hace Modesto Seara en su obra de Derecho Internacional Público. Al respecto de la Confederación de Estados, dice:

“Es una confederación de Estados es una agrupación de estados soberanos, asociados para realizar de fines comunes. Generalmente la confederación es creada por vía convencional, y en el tratado que la instituye se fija su contenido, delimitando las competencias que los Estado quieren ceder a la Confederación; tales competencias se reducen normalmente a la defensa común”[1][1].

Se sigue de aquí que los Estados-nación están sujetos a las normas del Derecho Internacional mientras que los estados integrantes de un Estado siguen las normas constitucionales. Esta distinción es acertada ya que al carecer de soberanía los estados integrantes del pacto federal no pueden ser por si sujetos de Derecho Internacional Público.

Como consecuencia de la falta de soberanía de las partes integrantes del pacto federal en México, estas, carecen de una Carta Magna, Banco Central, ejército, servicio exterior, órganos que ejerzan la soberanía, no tienen presidente sino gobernador o jefe de gobierno y carecen de todas las cosas inherentes a la soberanía.

Entonces es un error sostener que los estados integrantes del Estado mexicano sean libres y soberanos. Tal argumento de la soberanía de los estados ha servido para que se erijan en verdaderos señores feudales los gobernadores al impedir que se la federación fiscalice el dinero que reciben y en general por todo lo público. Enmendar este falta malentendido es empezar a corregir uno de los mas extendidos males de la nación mexicana.  


[1][1] Seara Vázquez, Modesto. Derecho Internacional
México, 2000, ed. Porrúa. Pág. 102, 103.

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