lunes, 15 de julio de 2013

2.2. IMPRESCRIPTIBILIDAD


2.2. Imprescriptibilidad

La Constitución mexicana en su artículo 39 utiliza el concepto de imprescriptibilidad como atributo de la soberanía nacional. Esto debe entenderse como la vigencia del poder soberano del pueblo de manera permanente en el tiempo y significa que por el mero transcurso del tiempo la soberanía no deja de tener vigencia. En consecuencia no se puede alegar que el poder soberano se desgasta al punto de perder su vigencia con el transcurso del tiempo.


Ahora bien, esto es en la teoría, ya que en la práctica si el Estado mexicano, cambiare a una monarquía o fuera conquistado por otro estado y finalmente cambiare el depositario de la soberanía no habría forma de evitarlo. No hay que dejar de ver que la soberanía nacional con el atributo de indefinición en el tiempo es un ideal a la larga. La vida es dinámica y no deja de haber cambio. La soberanía puede ser absoluta como en Hegel o relativa como en la actualidad donde lo económico determina en buena medida la soberanía de cada Estado. 

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