domingo, 5 de noviembre de 2017

PERSONALIDAD



Persona proviene del griego y significa “Sonar a través de”. De allí se derivan las palabras personaje, personalidad y que significan el papel que se desempeña, de común de forma artificial y que no tiene que ver con el ser. Tal o cual persona o tal o cual gremio se nos puede presentar con determinada personalidad pero en su actuación vemos el verdadero ser que puede ir de la mano con la personalidad o no; generalmente no casan, son disímbolos.

Es muy común que, los abogados tengan la personalidad muy formal y, den la impresión de madurez, de firmeza, de saber, de control pero únicamente su actuación en el foro (De allí forense), no dará la respuesta de su personalidad. Es muy interesante4 que el Derecho haya adoptado las palabras “actor”, “personalidad” “acción” entre otras porque definen que, ante los órganos jurisdiccionales se actúa, se apersonan las partes y accionan entre otras conductas.

Consecuencia de la actuación genérica sabemos que el actor no está presentando su verdadero ser sino representando, a menudo, un personaje ficticio. En Derecho, la consecuencia es la misma pero quizá más dramática porque se actúa no para hallar la verdad sino para ganar una determinada Litis. Por ello, hay un abismo infranqueable entre la verdad real y la verdad jurídica. De allí nos viene la desconfianza en la práctica jurídica pero que al fin es inevitable.


Ahora bien, no hay que confundir la personalidad jurídica que es un conjunto de derechos y obligaciones que se acreditan ante los tribunales y la personalidad particular que tiene cada persona pues la primera es presupuesto y requisito jurídico inevitable y, la segunda una necesidad para actuar ante el mundo. Pues la vida es mucho más de actuar que de ser. Mas forma que fondo.


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