El
Estado mexicano ha sido torcido por todos lados pero fundamentalmente en lo público;
allí se dan las torceduras políticas, legales, extralegales y de toda clase
para vivir del erario sin trabajar. Quizá fue una buena idea crear una pensión vitalicia
para los expresidentes con tal de que no estuvieran entrometiéndose en la política
después de terminado su mandato pero ahora resulta un mal ejemplo al que todos
los que llegan a un puesto aspiran: tener una pensión vitalicia o un haber de
retiro para no trabajar nunca más. Esa es la no ética que tienen como fijación los
políticos y la moral que gustosamente practican. De la legalidad ya ni hablar,
poca efectividad para con los políticos y funcionarios públicos.
Los
siete magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral, gestionaron en conjunción
con la bancada del Partido Revolucionario Institucional, en las dos cámaras del
Congreso de la Unión, a petición del Jefe del Ejecutivo Federal, un haber de
retiro vitalicio que se aprobó por el Congreso General. Esto desato una ola de indignación
nacional. En una nación pobre y empobrecida se otorgan salarios y pensiones
vitalicias o haber por retiro; el nombre es, lo de menos, de primer mundo como
si estuviéramos en jauja.
En
un principio los magistrados se aferraron a que se les otorgara el haber por
retiro de manera vitalicia, argumentando que estaba justificado en la constitución.
Pero además aseguraron que durante dos años no podrían trabajar. Su temor es
morir de hambre. Como si lo que les pagan no les alcanzara para ahorrar. No
existen adjetivos calificativos que endilgarles a estos renombrados
magistrados. Decirles cínicos es moderación. Quizá creen que no sabemos leer
siquiera. Por consecuencia pasemos al análisis somero del párrafo segundo del artículo
101 constitucional.
Artículo 101. Los Ministros de la Suprema
Corte de Justicia, los Magistrados de Circuito, los Jueces de Distrito, los
respectivos secretarios, y los Consejeros de la Judicatura Federal, así como
los Magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral, no podrán, en
ningún caso, aceptar ni desempeñar empleo o encargo de la Federación, de los
Estados, del Distrito Federal o de particulares, salvo los cargos no
remunerados en asociaciones científicas, docentes, literarias o de
beneficencia.
Las personas que hayan ocupado el
cargo de Ministro de la Suprema Corte de Justicia, Magistrado de Circuito, Juez
de Distrito o Consejero de la Judicatura Federal, así como Magistrado de la
Sala Superior del Tribunal Electoral, no podrán, dentro de los dos años
siguientes a la fecha de su retiro, actuar como patronos, abogados o
representantes en cualquier proceso ante los órganos del Poder Judicial de la Federación.
Durante
dicho plazo, las personas que se hayan desempeñado como Ministros, salvo que lo
hubieran hecho con el carácter de provisional o interino, no podrán ocupar los
cargos señalados en la fracción VI del artículo 95 de esta Constitución.
Los
impedimentos de este artículo serán aplicables a los funcionarios judiciales
que gocen de licencia.
La
infracción a lo previsto en los párrafos anteriores, será sancionada con la
pérdida del respectivo cargo dentro del Poder Judicial de la Federación, así
como de las prestaciones y beneficios que en lo sucesivo correspondan por el
mismo, independientemente de las demás sanciones que las leyes prevean.
Como
se ve existe una prohibición expresa para que los funcionarios nombrados, entre los cuales se encuentran los
siete magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral, durante los dos
siguientes años, al término de su encargo no puedan “actuar como patronos, abogados o representantes en cualquier proceso
ante los órganos del Poder Judicial de la Federación”. Y, esto es así, dado
a que conocen los procedimientos y son conocidos e influyentes ante el personal
de dichos órganos federales y tendrían ventaja e influencia para llevar a buen puerto
los asuntos que llevaran ya fuera del puesto oficial y como litigantes,
representantes o patronos.
Como
se ve claramente el alegato de que no podrían trabajar es infundado. Bien
pueden dar clases, poner un despacho, ser consejeros particulares en el ámbito común,
litigar en el ámbito del fuero común, poner un negocio, dedicarse al comercio
nacional e internacional, escribir libros, dar conferencias, barrer, ser
meseros, cadeneros o cualquier trabajo licito que les venga en gana. Pero, no,
ellos querían su haber de retiro vitalicio, es decir, sufren el síndrome de la
abstinencia, para pronto no quieren trabajar más en su vida.
Al
darse cuenta de su síndrome y locura recularon pero, no por ética ni moral sino
por temor a mayor descredito (si es que algún crédito tienen). Con ello quieren
darse un baño de pureza inconcebible y de mal gusto.
Claro
que los compromisos con el Partido Revolucionario Institucional siguen
vigentes. Manlio Favio Beltrones (el eterno) sigue obstinado en darles su haber.
Claro que los magistrados ya se resignaron a rechazar dicho haber y fíjense bien,
se resignaron; pero de que no quieren trabajar no quieren. Añoran las épocas doradas
que el poeta de la mediocridad les cantaba a la sombra de un árbol; acuérdense del
lema del Cesar Garizurieta, mejor conocido como el “Tlacuache”: “Vivir fuera
del presupuesto es, vivir en el error”. Estos siete magistrados, por su gran
intelecto, no quieren vivir en el error, es decir, fuera del presupuesto.
Ya
es hora de quitarles a los expresidentes la pensión vitalicia. Ninguna cosa lo
justifica ya y les quitaremos de sus ávidas manos ese dulce manjar. Quitado este error
el presupuesto estará al servicio de los mexicanos; con esto no habremos arreglado la República pero habremos empezado.