miércoles, 6 de marzo de 2013

LA ADOPCION DE LA DIVISIÓN DE PODERES EN LA POLÍTICA MEXICANA



LA ADOPCION DE LA DIVISIÓN DE PODERES EN LA POLÍTICA MEXICANA


ANTECEDENTES DEL TEMA

El tema del poder político ha sido una constante en las sociedades con alguna de las variadas formas de gobierno. La legalidad y la legitimidad son dos elementos que se deben investigar debido a su importancia para el gobierno de una sociedad y en particular la forma democrática de la Republica.

Es en la ciudad Estado de Roma que después de haber tenido en sus inicios los siete reyes desde 754 o 753 a. c. hasta el 510 a. c., a saber Rómulo, Numa Pompilio, Tulo Hostilio, Anco Marcio, Tarquino el Antiguo, Servio tulio y Tarquino el Soberbio, se implanta la Republica en la que se democratiza el poder, entendiendo esta democratización como la participación de la nobleza con mayores privilegios pero también ya participa el pueblo en la política a través de los comicios y de las asambleas. 

Es en Grecia que se forman el ciudad-estado pero los romanos llevaran más lejos este modelo de gobierno con su Republica (cosa pública), como forma de gobierno y siendo que fueron los que más avanzaron sobre el terreno de las leyes fueron los que mejor normaron la ciudad-estado

Ahora bien, los antecedentes teóricos más claros y en los términos precisos sobre la ciudad-estado, me parece se tienen en la teoría política de Aristóteles. Su obra Política nos lleva a la Teoría del ciudadano y clasificación de las constituciones, del libro III, en especial nos conduce al análisis  de las “Formas puras y formas degeneradas o desviaciones” de las constituciones (capítulo V).

En este capítulo Aristóteles hace el estudio de lo que son los gobiernos y las constituciones que él, la identifica con la misma significación. Identifica claramente la Monarquía que es el gobierno de unipersonal, la Republica que es el gobierno de la mayoría y la Aristocracia que es el gobierno de pocos.

Después de la caída de la Republica romana iban a pasar varios siglos hasta que se formara el Estado moderno y esto iba a traer como consecuencia la investigación de lo que sería este nuevo Estado que iba tener sus propias características y que diferían en mucho con el ciudad-estado de los romanos.

Para la conformación del Estado moderno iban a pasar varios siglos. Muchos pensadores enfrentaron el problema de definir la constitución del nuevo Estado y sus órganos, la soberanía, la pertenecía de la soberanía y todos los conceptos fundamentales que iban a dar viabilidad a la nueva realidad.

Pensadores como Juan Jacobo Rousseau, Thomas Hobbes y en muy en especial Montesquieu pensaron como lograr la formación y organización del Estado moderno que difería de la ciudad-estado en tamaño, en los órganos que iban a ejercer el gobierno. 

LA ADOPCION DE LA DIVISIÓN DE PODERES EN LA POLÍTICA MEXICANA



LA ADOPCION DE LA DIVISIÓN DE PODERES EN LA POLÍTICA MEXICANA

MARCO CONTEXTUAL

Montesquieu nace en el año de 1689 cerca del puerto de Burdeos, Francia y muere en 1755. En América los españoles, los portugueses y británicos tienen grandes extensiones de territorios; los primeros, tienen colonias incluyendo México, los segundos, tienen el territorio de lo que hoy es Brasil y los terceros, tienen las trece colonias. Es el siglo de las luces. La razón será el instrumento que trate de normar la realidad. Los acontecimientos y hechos más notorios son la invención del barco de vapor (1705), la publicación de la enciclopedia (1751), la independencia de los Estados Unidos de Norteamérica (1776) y la revolución francesa (1789).  El barco a vapor hace que el comercio entre continentes se vuelva más dinámico y que los comerciantes se vuelvan ricos pero sin nobleza, se publica la enciclopedia trata de reunir todo el saber de humano que valga la pena, Kant dirá “Sapere aude” “Atrévete a saber” y ese saber debe ser libre de todo liderazgo, de todo paternalismo, la independencia de los Estados Unidos de Norteamérica será el punto crucial para la formación del Estado burgués y la independencia de las colonias que tenían los europeos en América y la revolución francesa da la puntilla al antiguo régimen feudal de la monarquía. Como resultado del pensamiento filosófico la revolución francesa se hace La Declaración de los Derechos del hombre y del Ciudadano que será la trinchera que tendrán los gobernados contra el poder soberano que ejercerá el Estado pero que se hace radicar esencial y originariamente en el pueblo. 
Este siglo es crucial para entender la historia contemporánea ya que es el último siglo de la modernidad. La burguesía surge como clase social rival de la aristocracia y va a imponer al final su supremacía en todos los ámbitos. Europa es un hervidero de ideas que van paulatinamente moldeando el nuevo pensamiento de los pueblos occidentales. El Estado liberal como forma de gobierno se está conformando. 

La política y la economía se están conformando de una manera liberal que resultará crucial para que se abandone la monarquía como forma de gobierno. Francia dará el grito final con su revolución.

En gran medida su teoría “División de Poderes, contenida en su obra “Del espíritu de las leyes” (1748), será crucial para la conformación orgánica del Estado liberal. Pasarán 62 años para que se inicie la independencia de México y 76 para que el Estado mexicano adopte la teoría de la “División de poderes”, en su la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1824. 

MODELO DE FICHA DE INVESTIGACION III




REPÚBLICA ROMANA

La república romana es gobernada por dos magistrados patricios, elegidos por un año y teniendo iguales poderes: los Cónsules… la autoridad religiosa es separada de los poderes civiles y confiada a un pontífice.

Página 11. 


Al desterrar los aristócratas romanos a los reyes, sustituyen a este por dos nobles que al contrario de los reyes que gobernaban de manera vitalicia y casi totalitaria, gobiernan solo por un año y con iguales podres y con derecho de veto. Es decir que el gobierno se vuelve accesible solo entre la clase alta, es colegiado ya que deben estar de acuerdo los dos cónsules. El gobierno se torna electivo, gratuito y debían rendir cuentas de su gestión.
De igual manera es importante la separación del poder público del religioso, el primero es temporal, el segundo, se dice que es eterno. Queda así definido el ámbito de aplicación de cada poder, y por lo tanto, se da una sistematización del derecho público.


Ventura silva, Sabino. “Derecho Romano”.
México, Ed. Porrúa, 1985.

MODELO DE FICHA DE INVESTIGACION II




TRES FORMAS DE GOBIERNO


De las formas de gobierno unipersonales solemos llamar monarquía a realeza a la que tiene en mira el bien público; y al gobierno de más de uno pero pocos, aristocracia bien sea por ser el gobierno de los mejores, o porque este régimen persigue lo mejor para la ciudad y sus miembros). Cuando en cambio, es la multitud la que gobierna en vista del interés público llamase este régimen con el nombre común a todos los gobiernos constitucionales, es decir república o gobierno constitucional.

Página 271


De las tres formas de gobierno solo me interesa la república y por lo tanto, solo analizare la misma. La republica siendo literalmente cosa pública que nos remite a que es de interés a toda la nación y queda abierta la participación de los ciudadanos. Aristóteles al decir la multitud se está refiriendo al pueblo y dentro del pueblo solo a los ciudadanos que son sujetos de derechos y obligaciones. Es claro que para entonces solo los hombres griegos que fueran ciudadanos pueden participar de la república. Estaban excluidos de la política las mujeres, niños, esclavos, extranjeros, condenados por delitos y en general todos aquellos que tuvieran una capacidad disminuida en sus facultades mentales. En la actualidad tal exclusión solo es para los menores de edad, los que tienen capacidad disminuida en sus facultades mentales, los extranjeros y los condenados por algún delito de tipo penal y estén purgando la condena.

Aristóteles “Política”
México, Ed. Porrúa, 2007, colección “Sepan cuantos…”

MODELO DE FICHA DE INVESTIGACION





PODERES DEL ESTADO

En cada Estado hay tres clases de poderes, el poder legislativo, el poder ejecutivo de las cosas relativas al derecho de gentes, y el poder ejecutivo de las cosas que dependen del derecho civil.

Página 104


Montesquieu se refiere a los podres, Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Su definición de estos tres podres es rígida ya que les atribuye a cada uno una función o facultad exclusiva. Así, el poder legislativo tiene como atribución única la de crear leyes para el funcionamiento del Estado; el poder ejecutivo tiene como facultad única la de administrar la hacienda, bienes y recursos de todo tipo del Estado y el poder legislativo le atribuye la función única de impartir justicia. 

Montesquieu, “Del espíritu de las leyes”
México, Ed. Porrúa, 1990, colección “Sepan cuantos…”