viernes, 4 de enero de 2013

EL ESTADO MEXICANO Y SU DEPENDENCIA PREPARADA




El Estado actual es el producto de la burguesía y esta evidentemente sujeto a dicha clase social. El Estado mexicano no ha sido la excepción. En la revolución mexicana de 1910 estaban en pugna dos visiones de lo que debería atender el Estado. Por un lado se tenía al pueblo miserable que inmediatamente acogió el lema “Tierra y Libertad”, dos cosas fundamentales para la vida fundamental del pueblo; tierra para sacar su sustento inmediato y libertad de los caciques; es decir, de los ricos, autoridades y políticos para no ser despojados del producto de su trabajo. Eso era solo un principio de justicia y democracia. Por el otro se tuvo el lema de los terratenientes, ricos, autoridades de todo tipo y caciques que efusivamente hicieron suyo el lema “Sufragio efectivo, no Re-elección”, esto significa una cosa sencilla, es un simple quitar al tirano Porfirio Díaz para que otro gobernante distinto asumiera el poder. No había un deseo de cambio sino de continuidad.

La burguesía atenta a estos cambios fue la única que salió fortalecida ya que la Constitución de 1917 le dio las bases para que la visión “Sufragio Efectivo, No Re-elección”, ganara. Es decir que el pueblo que soportó lo más duro y cruel de la revolución al final le fue quitado el triunfo y sometido a leyes contrarias a sus demandas. Hubo si intentos de cumplir sus demandas revolucionarias y algunas, las menos importantes, se cumplieron; se dotaron de tierras, agua y otras cosas a los campesinos. Con todo, en lo político y económico se les negó todo acceso primordial. El sistema creo un sistema singular. Agrupo al pueblo en tres grandes sectores obrero, campesino y popular. Con esto se logró dar la impresión de que todo el pueblo llano participaba en la cosa pública y que la democracia era el pan de cada día. Fue todo lo contrario. Y, sin embargo a eso se le llama hasta la actualidad democracia. Es decir el gobierno del pueblo.

Así tenemos que en México para cualquiera (maestros, caciques, charlatanes etc.) es más rentable ser político, comerciante (se dicen empresarios) que cualesquiera otros trabajos. Poco a poco se mezclaron políticos y burgueses para hacerse ricos con base en la explotación de los bienes públicos y del erario. No se puede entender que haya maestros ignorantes inmensamente ricos y comerciantes ignorantes también inmensamente ricos sin entender que el Estado burgués está hecho para el beneficio ellos en detrimento de la cosa pública y del pueblo.

Al principio de esta historia eran los políticos los que mandaban en lo político y lo económico, ahora son los comerciantes los que mandan en esos rubros. Se han invertido los roles. Para el pueblo la democracia burguesa es una mentira ataviada con los ropajes de la legalidad constitucional. 


Con las reformas al artículo 27 constitucional el lema “Tierra y Libertad”, ha sido mancillado. Se dejó a los campesinos sin recursos, sin apoyos a efecto de desanimarlos a seguir con el ejido hasta el extremo de obligarlos a expatriarse, esa fue su libertad. Se han puesto todas las condiciones para que el capital privado invierta en el campo y lo vuelva productivo.

La prueba más contundente de que es la burguesía la que manda en México de manera ya casi total, es, la promulgación de la Ley de asociaciones público privadas. Esto significa que el capital privado invertirá con pleno derecho en la obra pública con ganancias pingues. Pronto veremos nuevos personajes en Forbes. El Estado mexicano está ya muy débil, está sujeto al capital privado.
 

martes, 1 de enero de 2013

DISTRITO FEDERAL ¿UN ESTADO?



                                             DISTRITO FEDERAL ¿UN ESTADO?

24/11/12. La Jornada.

Bernardo Bátiz V.
  
Arnaldo Córdova, el destacado articulista dominical de La Jornada, retoma una añeja polémica sobre si el Distrito Federal debe convertirse en un estado más de la Federación, como hace algún tiempo pretendían panistas y perredistas, o si bien, como lo hemos sostenido algunos, en mi caso con cierta vehemencia, debe conservar su estatus o carácter de capital de la República.
  
En ambos casos, sea estado o ciudad capital, estamos de acuerdo; será reconociendo y garantizando a los ciudadanos de la entidad la plenitud de sus derechos políticos y a la entidad misma, autoridades propias y autonomía financiera. En una palabra, tanto el jurista Córdova como yo, estamos de acuerdo en que la actual Asamblea se convierta en Congreso local, en que la política financiera incluida la determinación del techo de endeudamiento y el manejo autónomo del presupuesto sean responsabilidad exclusiva de los poderes locales sin injerencia federal y que los nombramientos de los funcionarios públicos, procurador de justicia y secretario de Seguridad Pública se hagan libremente por el jefe de Gobierno sin intromisión ni autorización del Ejecutivo federal.
                                                                     
No le gustó al jurista Arnaldo Córdova que en artículo anterior tildara de despropósito la pretensión de convertir a la capital en un estado y que usara el término hipertrofiado para el estado que nacería en caso de que los poderes federales se trasladaran a otro sitio.

El doctor Córdova también se excede en la terminología y tacha de barrabasada de Carranza el haber incluido al DF entre las entidades federales, pues aduce que en la Constitución de 1857, por lo menos, primero (se) comprendió al estado del Valle de México entre las entidades de la federación y luego en artículo posterior lo convirtió en Distrito Federal.
  
En este punto, ambas Constituciones la del siglo XIX y la actual son iguales en lo esencial, las dos reconocen que podrá en futuro, eventualmente, existir un estado del Valle de México sólo para el hipotético caso de que los poderes federales emigraran a otro lugar, cambiaran su sede o como lo dicen los textos constitucionales, se trasladen a otro lugar.

Si en alguno de los textos hay una falta de sindéresis, una incongruencia, es en la de 1857, puesto que en el artículo 44 donde se enumeran los estados de la Federación, se incluye al del Valle de México, pero líneas adelante, en el artículo 46, se dispone que se formará del territorio que comprende el Distrito Federal, pero la erección sólo tendrá efecto cuando los supremos poderes federales se trasladen a otro lugar. Se incluye en el 44 a un estado que no existe, que puede surgir en el futuro, pero como no se han traslado los poderes a otra entidad, el hipotético estado del Valle de México no ha nacido, no ha tenido existencia, pues ésta se supedita a una condición suspensiva que no se produjo durante la vigencia de la Constitución del 57 ni después.

En cambio, la Constitución de 1917, más congruente, incluye a una entidad existente, el Distrito Federal, dentro de las partes integrantes de la Federación sin darle el carácter de estado, pero prevé que en caso de que se dé el traslado de los poderes será un nuevo estado en el territorio que hoy ocupa el Distrito Federal. Hoy por hoy las partes integrantes de la Federación son treinta y un estados y un Distrito Federal llamado también ciudad de México.

Hay que repasar la historia; las entidades de la federación en la Constitución de 1917 eran de tres categorías; los estados, que se encontraban, por así decirlo, en medio de la escala, eran los que se habían asociado para integrar la Federación; por debajo de esta categoría estaban los territorios, que por diversas circunstancias no habían alcanzado el nivel superior, y por encima de estas dos categorías se encontraba la capital del país, de la nación, de la República, del Estado Federal. En mi opinión no sería lo mejor bajar la categoría de la capital de todos a la de un estado exclusivo de sus habitantes.


                                                                CRITICA

La discusión entre Arnaldo Córdoba y Bernardo Bátiz a mi entender es una discusión estéril en lo positivo pero dañina para los habitantes no solo del Distrito Federal sino para todos los mexicanos. ¿De dónde saca Bernardo Bátiz que con reconocer al Distrito Federal con ese nombre u cualesquiera otro como un estado más integrante del pacto federal seria bajar de categoría la capital de la Republica?. No hay una sola razón sino solo prejuicios que no conducen a ninguna determinación buena. En todos los artículos que me he permitido ir reuniendo e ir analizando y criticando se puede encontrar que los autores no tienen pleno conocimiento de lo que están diciendo y tratan el tema de la soberanía de una manera tan desaseada que hace ruborizar a cualquiera que medianamente sepa del tema.

No corresponde a políticos, gobernantes, legisladores, intelectuales de tan alto prestigio y con trayectorias tan distinguidas y currículos tan voluminosos el producir ideas tan pobres en contenido. Todos tienen una ligera idea de lo que quieren decir sobre el tema y de lo que se debe hacer en consecuencia, pero, con tan corta visión avanzaremos de la penumbra hacia la oscuridad. El error que cometen es, el de no tener bien claro el concepto de soberanía popular. Parten de ese gravísimo error y de allí nadan vigorosamente hacia aguas profundas sin saber cuál es el verdadero norte que los debe guiar. Allí permanecen varados sin podernos conducir a puerto seguro. Quien lea la teoría de las ideas de Platón y la critica a esta teoría por parte de Aristóteles vera con claridad porque se le multiplicaban las ideas al primero y hacia malabares tratando de sostener lo insostenible. Así los ya mencionados no caen en la cuenta que multiplicar los soberanos es, multiplicar los problemas y enredar más con su doxa (opinión vulgar), la teoría sobre la soberanía. Caen en la puerilidad. 

Me apena no abundar en el tema; sin embargo, los remito a los artículos que se ocupan de ello mas detallada y abundantemente y que están disponibles en este blog. 



EL DISTRITO FEDERAL EN LA CONSTITUCIÓN



EL DISTRITO FEDERAL EN LA CONSTITUCIÓN
 
2012-11-18. La Jornada.

Arnaldo Córdoba

El pasado 7 de noviembre, el próximo jefe de Gobierno del Distrito Federal, Miguel Ángel Mancera, en el marco de un foro al que había convocado sobre la reforma política de la capital federal, declaró: “El gobierno que estoy pronto a encabezar se propone impulsar con toda firmeza la consolidación de nuestra autonomía como entidad integrante de la Federación” (Reforma, 8. XI.2012). Todo ello en concordancia con lo que establece el artículo 43 de la Carta Magna, el cual contempla al Distrito Federal, precisamente como una entidad del pacto federal. Al mismo tiempo, empero, afirmó que la intención es que la entidad deje de ser Distrito Federal para transformarse en “Ciudad Capital”.

Eso encierra un misterio que el jefe de Gobierno electo no aclaró. Sólo afirmó que la distinción “nos permitirá tener un carácter jurídico [sic] distinto al resto de los estados, pero con derechos homologados”. Como no sea una mera cuestión de nombres y palabras (cambiar una denominación, Distrito Federal, por otra, Ciudad Capital), es difícil entender cómo se procedería en ese propósito, a menos que implique, como no podría ser de otra manera, un cambio expreso en la Constitución. Pero tendría entonces que definirse no sólo lo que se entiende por Ciudad Capital, sino también las razones que se aducen. Pues son precisamente éstas, las razones del cambio, lo que nadie nos ha explicado.

Ya en otras ocasiones nos hemos referido, en estas mismas páginas, a la contradicción patente que hay entre el artículo 43, que incluye al DF entre las entidades integrantes de la Federación, y el artículo 44, que lo convierte en asiento de los poderes federales. Hay que hacer notar que la eliminación de su estatuto como entidad federal no aparece en estos artículos, sino en otros que tratan específicamente de ella. En apariencia, no existe impedimento lógico jurídico para que una entidad funja a la vez como capital de la República. Pero bien sabemos que la intención del artículo 44 fue, precisamente, “suspender” los derechos, como entidad, del Distrito Federal.

También hemos hecho notar la barrabasada de Carranza al incluir al Distrito Federal, con ese nombre, entre las entidades federales. La Constitución de 1857, por lo menos, primero comprendió, entre las entidades de la Federación, al Estado del Valle de México (nombre que le dio a la entidad), y luego, en su artículo 46, lo convirtió en Distrito Federal. Carranza, estúpidamente, se olvidó en su proyecto, que finalmente fue aprobado por el Constituyente, primero de fundar al estado y, luego, convertirlo en Distrito Federal. El hecho es que en nuestros grandes constituyentes (1857 y 1917) a nadie se le ocurrió designar la entidad capital como “Ciudad Capital”.

Si no es un mero cambio de nombres y de palabras, todavía faltaría explicar por qué con llamarla así tendríamos “un carácter jurídico distinto”. Lo que hay detrás, a cuanto parece, es la idea equivocada de que una ciudad, por el hecho de ser tal, ciudad, ya no puede ser estado. En Alemania siempre hubo ciudades libres (Hamburgo y Bremen) que fueron estados federales y hoy Berlín comparte ese estatus. Bernardo Bátiz aduce, como un “despropósito”, convertir nuestra ciudad en estado, pues, según él, “sería un estado hipertrofiado y francamente desproporcionado respecto al resto de los que serían sus pares” (La Jornada, 10.XI.2012).

¿Cómo vería Bátiz al estado de México comparado con el estado de Tlaxcala o el de Colima? Pues creo que “Francamente… desproporcionado e hipertrofiado”. Todos los estados de la República son diferentes en sus proporciones y a nadie se le ocurre llamar a los más grandes “no estados” por su tamaño. Por lo demás, si la Constitución dice que es una entidad, no veo razones lógicas ni, mucho menos, jurídicas para negarle ese estatuto, a menos que, bajo la enseña derechista (ya María de Los Ángeles Moreno lo había propuesto) de que el DF es, ante todo, una ciudad y como a tal se la debe tratar. La soberanía del pueblo que forman los ciudadanos defeños poco importaría.

Ciudad contra estado de la Federación. Los sostenedores de esa idea tan peregrina deberían demostrarnos cuál es la esencia o la razón profunda de que haya una contradicción entre esos dos términos y por qué una ciudad no puede ser un estado. La idea de Bátiz en el sentido de que convertirla en estado sería un despropósito porque sería desproporcionada e hipertrofiada, ¿en qué cambia con no llamarla estado, sino simplemente Ciudad Capital? Como puede verse, todo se reduce a una simple y tonta cuestión de palabras. Y lo mismo vale para la idea, expresada por Mancera, de que ya no se le llame “Distrito Federal” sino, de nuevo “Ciudad Capital”.

Pero volvamos otra vez sobre la idea de Bátiz: ¿estará seguro de que con no llamarle estado sino sólo ciudad, pero restituyéndole todos sus derechos constitucionales como entidad de la Federación, ya con eso desaparecerán la desproporción y la hipertrofia que muestra el DF frente a las demás entidades? Porque si de lo que se trata, en cambio, es de restarle poder para ponerla a la par de las demás entidades, entonces lo que estamos proponiendo es que a la ciudadanía del Distrito se la deje como está, con poderes cívicos disminuidos con relación a las de las demás entidades. ¿Será eso lo que la izquierda defeña quiere? Sólo hay una manera de saberlo: organizar un referéndum y preguntárselo o, mejor todavía, uno dirigido a la ciudadanía del DF en su conjunto para que diga lo que piensa de la propuesta de la izquierda.

En la letra de la Constitución, el estatus del DF está perfectamente claro: es una entidad de la Federación a la que se le ha elegido para que sea asiento de los poderes federales, razón por la cual se le suspenden sus derechos federales y queda, como dijera Ignacio Burgoa, en condición de capitis diminutio, vale decir, con derechos y facultades limitados (Derecho constitucional mexicano, Porrúa, México, 1985, p. 923).

De lo que se trata es de reformar la Carta Magna para introducir la concepción del Distrito Federal como entidad federal con plenos poderes soberanos y resolver que será asiento de los poderes de la Federación, independientemente de su estatuto particular, desde luego, con jurisdicciones plenamente definidas y separadas entre los poderes locales y los de la Unión, independientemente de cómo se le llame, si estado de Anáhuac (como lo propuso en su tiempo Vicente Lombardo Toledano) o estado del Valle de México (como lo decidieron los constituyentes de 1857) o Ciudad Capital (como parece querer Mancera).

Ello implicará, a querer o no, una remunicipalización del Distrito o una conversión de esas mastodónticas entidades que son las mal llamadas delegaciones en municipios, para poder dar, de nueva cuenta, a los ciudadanos defeños la capacidad de su autogobierno y soberanía plena en sus decisiones. Son los mismos derechos con los que cuentan los ciudadanos de las demás entidades y no se les podrán negar con el pretexto de que la suya no es una entidad como las demás.

                                           CRITICA

Es indudable que los intelectuales mexicanos siguen sin dar en el clavo en la naturaleza jurídica del Distrito Federal y sobre la naturaleza de la soberanía por no tener en cuenta la Lógica, la Filosofía, el Derecho para cabalmente darse cuenta de que lo que proponen es seguir los mismos errores cometidos por los anteriores legisladores. Es imprescindible que estudien la teoría de las ideas de Platón, la critica que le hace Aristóteles a dicha teoría en su obra Metafísica. También es deseable que estudien a Thomas Hobbes en su obra Leviatán y a Juan Jacobo Rousseau en su obra El contrato Social. A estos dos últimos los cito específicamente en mi ensayo “DIVISIÓN DE PODERES, PODER DE DIVISIÓN”, disponible en este mismo blog. Pero es más importante que razonen rectamente a efecto de ir depurando el propio pensamiento y no seguir haciendo uso de ideas, conceptos y términos de manera acrítica y seguir sujetando a la nación mexicana a la ignorancia de lo correcto.  

De seguir así las cosas solo conseguiremos seguir sin lo que pedía Descartes tener “ideas claras y distintas”. Sigue Arnaldo Córdoba sosteniendo que existen diversas soberanías y por ende diversos soberanos y al final solo hace mas confuso lo que quiere aclarar.